2.3 ASPECTOS GENERALES SOBRE EL ABORTO  

27 | ¿QUÉ ROL CUMPLE LA RELIGIÓN, LA FILOSOFÍA O LA ÉTICA EN EL TEMA DEL ABORTO?

El aborto es, en primer lugar, un problema ético que, a causa de su gravedad y relevancia pública, exige una regulación jurídica que lo sancione. La ética, a su vez, es una parte de la filosofía, aquella que los clásicos llamaban filosofía práctica.

El problema moral del aborto consiste, en primer término, en determinar de qué tipo de acto se trata, para juzgar, en consecuencia, sobre su licitud en absoluto y sobre su eventual permisibilidad en alguna circunstancia.

Para juzgar sobre un acto en concreto, el razonamiento ético o filosófico requiere de una previa comprensión de la naturaleza de la conducta que se discute y de sus efectos. Estas premisas no son propias del conocimiento filosófico, sino que corresponden a otras ciencias más particulares. En este caso, es necesario determinar desde la biología qué es exactamente aquello sobre lo cual se actúa en un aborto y, desde la medicina, de qué manera se produce concretamente el efecto que lo constituye como tal; es decir, qué es, en sentido estrictamente biológico, el embrión o feto humano y de qué manera se produce su muerte en aquellos procedimientos que denominamos aborto. Este tipo de conocimiento no es suficiente para resolver el problema moral, pero aporta las premisas de hecho para elaborar este juicio.

Los problemas fundamentales, de los cuales depende la respuesta que se dé al problema del aborto —qué es ser persona; qué es (y qué no es) un homicidio; cuál es la diferencia moral entre matar directamente e indirectamente; en qué consiste un acto intrínsecamente malo y por qué nunca puede justificarse— son cuestiones rigurosamente filosóficas. Es decir, el aborto es un problema filosófico, ético y jurídico (en ese orden); solo secundariamente es un problema médico, de la conciencia subjetiva de cada uno, o de otra clase.

La función que se reconozca a la religión en este problema depende del modo en que se entienda la relación entre fe y razón. Es necesario, sin embargo, hacer una precisión previa: quienes parten del prejuicio de que no existe más realidad que la materia y, en consecuencia, relegan toda fe al ámbito de unas convicciones personales públicamente irrelevantes, no solo excluirán de entrada del debate público cualquier referencia remotamente religiosa sino que, casi siempre, considerarán además como “religioso” cualquier tipo de argumento que presuponga la noción de persona y su titularidad natural de derechos. Estas nociones, sin embargo, no son religiosas, sino filosóficas, y si aparecen en el discurso religioso es solamente porque la fe presupone la razón.

Gonzalo Letelier
Doctor en Derecho

Profesora Titular de la Facultad de Filosofía de la Universidad Católica de Chile. Se ha especializado y ha publicado en temas de ética normativa e historia de la filosofía, y es también investigadora asociada del Centro de Bioética de la P. Universidad Católica de Chile. Profesora de Antropología Filosófica de la Universidad de los Andes.

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En los hechos, las convicciones religiosas se refieren inmediatamente a lo más relevante de la vida de la persona (su destino eterno y, en consecuencia, cómo debe vivir), por lo que es absurdo pretender que no tengan algún tipo de manifestación en el ámbito público. Sin embargo, también es verdad que sus principios brotan de una cierta revelación que solo puede ser aceptada por fe y, por lo tanto, no son demostrables. En consecuencia, el argumento religioso no permite concluir sino a quien suscribe y acepta ese dato de fe. La pregunta, entonces, es qué función puede tener la fe y la religión en un debate que vincula a todos, incluidos aquellos que no aceptan esa fe o religión.

 

Una de las principales funciones de la fe en este tipo de debates es aquello que Benedicto XVI denominó la “purificación de la razón”. El argumento religioso permite, aun a aquellos que no tienen fe, recordar los límites de la razón humana, que está llamada a reconocer –y no a determinar– lo bueno y lo malo, e iluminar, desde sus propias conclusiones pero de modo estrictamente racional, los errores o imprecisiones en los que cae una razón abandonada a sí misma.

 

Quien tiene fe, sabe, por ejemplo, que el hombre posee una cierta dignidad que le es connatural desde el primer instante de su existencia y que nunca es lícito quitarle la vida a alguien; desde esta certeza, será capaz de identificar, de modo rigurosamente racional, el error estrictamente filosófico de cualquier argumento que concluya lo contrario, llegando antes, y sin mezcla de error, a ciertas verdades que la sola razón natural descubre con gran esfuerzo y de modo impreciso43.

43 Así, por ejemplo, solo en 1948 y después de la traumática experiencia de las Guerras Mundiales, la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la Asamblea General de las Naciones Unidas reconoce una serie de principios relativos a la dignidad de la persona humana, la familia y la vida social que el cristianismo venía proclamando desde su fundación.

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