2.13 ABORTO EN SITUACIONES COMPLEJAS
68 | ¿ES MEJOR ABORTAR QUE DAR EN ADOPCIÓN?
Para contestar esta pregunta lo primero que debe recordarse es que en Chile el aborto provocado sigue siendo, por regla general, un delito sancionado por la ley. No existe, por tanto, una posibilidad amplia para la mujer que está embarazada de decidir el destino de la criatura, sino restringida a las tres causales de riesgo de vida de la madre, patología del embrión incompatible con la vida extrauterina independiente, de carácter letal y, la tercera, embarazo proveniente de violación123.
No obstante, ni aún en esos tres casos existe libertad de la madre para elegir el destino de la criatura. Primero, pues en principio si se aplican esas causales como corresponde a la interpretación estricta de la ley penal, sólo es posible invocarlas cuando ellas se encuentren plenamente acreditadas.
Segundo, porque en las causales de riesgo de vida de la madre y de patología del embrión se requiere certeza absoluta del diagnóstico, lo que es muy difícil de conseguir y, aún en ciertos casos, jamás podrá ser afirmado categóricamente por un médico. Dadas las circunstancias que en ellas se dan es casi imposible dar en adopción a la criatura porque el procedimiento para hacerlo es largo y complejo. Por lo demás, es probable que un niño con una anomalía congénita de mal pronóstico vital no pueda ser dado en adopción pues probablemente fallecerá al poco tiempo de nacer.
Tercero, en el caso de la violación, que es en realidad la única hipótesis en que cabe plantearse la opción formulada en la pregunta, nunca puede ser mejor impedirle vivir a alguien que permitirle nacer y desarrollarse, pues hacer el mal no puede ser nunca justificado. Aunque la ley haya permitido el aborto en este caso, esa autorización no transforma en ética ni en justa esa decisión. Nunca debe olvidarse que la ley no es siempre sinónimo de justicia ni de moral, pues existen normas profundamente injustas, como precisamente es la que despenalizó el aborto provocado.
En efecto, atribuirse el poder para decidir sobre la vida ajena es un acto de suprema injusticia con otro que, por su debilidad, no puede hacer nada para impedir su muerte.
La cultura actual, impulsada por los medios de comunicación, ha presentado la elección del aborto como una forma de reivindicación de la igualdad de la mujer en cuanto implica reconocerle la propiedad sobre su cuerpo.Permitirle abortar es, por ello, una posibilidad para que ella decida qué quiere para su vida y que no deba cargar con la responsabilidad de llevar adelante el embarazo que, por el contrario, no le es impuesta al padre de la criatura.
Sin embargo, esa afirmación está lejos de ser correcta. La criatura no es nunca propiedad de la madre sino una vida en gestación autónoma, que tiene su propio destino vital. Considerarla como una cosa (tal cual lo defienden muchas personas) es biológicamente falso, pues está demostrado que ahí se inicia la vida humana (todos los libros de embriología serios así lo afirman). Además, es ontológicamente imposible que algo pueda mutar de naturaleza por el solo paso de un día y sin ningún otro factor que intervenga, como quieren afirmar quienes consideran que debe dársele al embrión protección sólo desde que tiene más de 14 días o de un determinado momento del desarrollo fetal. Es, igualmente, irracional que lo que no era una vida protegible hasta el día 14, lo sea desde el 15, por un simple convencionalismo o decisión arbitraria.
Por todo lo anterior, la única opción posible para una mujer embarazada es llevar a término el embarazo y, en caso de no poder hacerse cargo de la criatura, sea por causas emocionales, sicológicas o económicas, darlo en adopción permitiéndole vivir. La adopción es, en esos casos, un acto de caridad al permitirle a otro ser vivir y llegar a constituirse en la mejor persona que está llamada a ser.
Carmen Domínguez
Abogada y Doctora en Derecho
Abogada de la Universidad de Concepción. Doctora y Magíster en Derecho Comparado por la Universidad Complutense de Madrid. Profesora Titular de la P. Universidad Católica de Chile. Fundadora y Ex-directora del Centro UC de la Familia. Presidenta de la Red Internacional de Institutos de Familia (REDIUF) y del Consorcio Latinoamericano de Libertad Religiosa.
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“Nunca puede ser mejor impedirle vivir a alguien que permitirle nacer y desarrollarse, pues hacer el mal no puede ser nunca justificado. La adopción es un acto de caridad al permitirle a otro ser vivir y llegar a constituirse en la mejor persona que está llamada a ser”.
