2.5 EL ABORTO Y LAS LEGISLACIONES

35 | ¿DE QUÉ SE TRATA EL CASO DE ROE VS WADE?

La historia constitucional estadounidense está marcada por profundas controversias y muchas veces, contradicciones. El historiador británico Paul Johnson se cuestionaba, en las primeras páginas de su tradicional texto Estados Unidos: la historia, cómo un país con tanto afán por la justicia podía sobrevivir con el mal de la esclavitud. Haciendo patente así la contradicción entre su Declaración de Independencia —que reconocía como una verdad evidente que todos los hombres son creados iguales74— con la realidad de que en muchos Estados, algunos seres humanos eran considerados como cosas y no como personas.

Similar contradicción tiene lugar respecto a la discusión del aborto, porque el mismo país cuya Declaración de 1776 reconoce como derechos inalienables la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad75, terminó protegiendo al aborto como un derecho constitucional.

El 22 de enero 1973, en una de las sentencias más importantes de la historia (Roe vs Wade), la Corte Suprema de Estados Unidos abrió las puertas al aborto en el sistema legal a lo largo y ancho del país, con independencia de la mayoría política, social o cultural que existiera en cada Estado. 

Vale la pena recordar que Roe vs Wade se sustentó en la solicitud de Norma McCorvey —quien bajo el apodo de Jane Roe— demandó al estado de Texas alegando haber sido violada, por lo que solicitó se le realizara un aborto. En ese entonces, Texas solo permitía el aborto en caso de riesgo de vida de la madre, no en caso de violación ni mucho menos por la sola voluntad. En 1970 sus abogadas presentaron el caso ante el tribunal local, el que aún fallando a favor de Jane Roe, se negó a establecer una restricción en contra de las leyes sobre el aborto. Con el proceso aún en curso, Jane Roe dio a luz a su hija, quien fue entregada en adopción.

Julio Isamit
Abogado

Abogado de la P. Universidad Católica de Chile. Director de Contenidos del Instituto Res Publica y académico de Derecho USS. Ex Ministro de Estado. Autor del libro Educación, una transformación pendiente. Pingüinos, patines y gratuidad y coautor de los libros Tomás Moro. Ética, política y justicia social y Subsidiariedad. Justicia y Libertad.

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“El mismo país cuya Declaración de Independencia reconoce como derechos inalienables la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad, terminó protegiendo al aborto como un derecho constitucional. Casi 50 años después, la Corte Suprema revierte el fallo Roe vs Wade”.

La decisión judicial local fue sucesivamente apelada hasta llegar años después a la Corte Suprema. La mayoría de sus jueces —por 7 votos contra 2— al pronunciarse sobre la objeción de constitucionalidad de la legislación de Texas resolvió que dicha limitación vulneraba la Constitución, en cuanto al debido proceso, invadiendo la intimidad de las mujeres76.

Así se fundamentó un “derecho constitucional al aborto” en EEUU: las mujeres, en virtud de su intimidad, pueden abortar y los estados no pueden limitar esa decisión, salvo circunstancias médicas particulares. Esto fue ratificado, casi treinta años después, en el caso de Planned Parenthood vs Casey77 en 1992. Esto hasta el 24 de junio de 2022, cuando la Corte Suprema revierte el fallo Roe vs Wade.

Esto último se produjo porque la decisión judicial no resolvió la división social al respecto, ni dio por cerrado el debate político. En el mundo pro vida, se constató un fuerte despliegue de los más diversos grupos de la sociedad civil: ONGs, editoriales, movimiento  universitarios, fundaciones de jóvenes e iglesias, entre otras iniciativas. Todos ellos contribuyeron a mantener el debate abierto —a pesar de la imposición judicial inicial—, para generar una mayoría pro vida en muchos lugares del país e incluso un despliegue político que permitió alcanzar una conformación de la Corte Suprema más proclive a las ideas de la dignidad y la libertad humana.

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